07-06-25.-38 trabajadores de CVG acudieron a la Inspectoría del Trabajo para dar continuidad a un reclamo introducido durante el año 2022 ante la Fiscalía 78 con competencia nacional, los afectados denuncian violación de contrato colectivo ante la decisión de la estatal de sacarlos de sus puestos laborales desde hace más de 8 años bajo el estatus de “no requeridos”.
“En el día de hoy estamos interponiendo un reclamo laboral por la condición de no requeridos de este grupo de trabajadores de la empresa CVG Alcasa. Es un reclamo laboral valiéndose del 513 de la Ley del Trabajo. Quiero destacar que es un procedimiento que esperamos que la Inspectoría del Trabajo de Puerto Ordaz tenga la diligencia de procesarlo y abrir el compás para que la empresa CVG Alcasa nos llame y podamos resolver el conflicto”, expuso José Medina, apoderado de los empleados.
El artículo 513 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt) establece el procedimiento de reclamo ante la Inspectoría del Trabajo para resolver conflictos relacionados con las condiciones de trabajo. El procedimiento establece que se debe presentar el reclamo, notificar al patrono, celebrar una audiencia y alcanzar un acuerdo.
“Estas personas deben ser reincorporadas a sus puestos de trabajo con la particularidad de que se les cancele todo lo que se les debe desde el 2017 hasta el 2024. Están fuera de sus puestos de trabajo desde el año 2017 y aquí hay un universo de 38, pero hablamos de más de 3 mil trabajadores. Pedimos retroactivo, intereses e indexación de los beneficios no recibidos”, puntualizó el abogado.
Antecedentes del caso
El jurista explicó que se dio inicio al caso en el año 2022, cuando acudieron a la Fiscalía 78 de Caracas con competencia nacional para interponer una denuncia por violación de contrato colectivo. Posteriormente, en marzo de 2025, la Fiscalía decidió ceder la causa por una circular emitida por el Ministerio Público donde se plantean los delitos que serán atendidos en esta instancia, como el reclamo no entró en este espectro, se envió a la inspectoría.
“Había un inspector ad hoc, Douglas Quintero, que no trabajaba. No lo conocimos ni supimos dónde es su oficina. Estamos regresando porque tenemos el reclamo en Caracas. Según la norma, el 513, es que después de interpuesto el reclamo se debe notificar al patrono para llamar a una audiencia de conciliación. La compañía fue notificada en abril de 2025 de este caso porque la Fiscalía 78 le notificó”, puntualizó.
Trabajadores no cuentan con recursos para sostener a sus familias
Luis Felipe Medina, trabajador de CVG Alcasa, puntualizó que el personal de la compañía está interponiendo este reclamo para que se haga de conocimiento público y se notifique a la compañía, puesto que la legislación vigente les respalda.
“Desde 2017 a la fecha, hemos perdido bienestar social nuestras familias, calidad de vida y poder adquisitivo porque no tenemos salario. El salario hoy amaneció en 1,33 centavos de dólar que son 130 bolívares, donde el tabular y clasificador habla de un mínimo de 260 bolívares que si le aplicamos el 30% de lo dejado de percibir se transforma en 378 bolívares. Nosotros queremos decirle a papá Estado que nosotros los no requeridos, es una figura inexistente en la Lottt, por lo tanto, es ilegal de toda ilegalidad y, como dijo el abogado, no estamos cerrado a un diálogo. Pero son ustedes quienes deben tener la buena fe de reunirse con los trabajadores. No les vamos a dejar lo que nos toca por derecho y por contratación colectiva”, expuso el trabajador.