09-06-25.-El gobierno de Venezuela aumentó de 9 a 43 bolívares el valor de la Unidad Tributaria (UT), la cual comenzó a regir a partir de su publicación en Gaceta Oficial del 2 de junio de 2025. Con este ajuste se elevan sanciones y multas tipificadas en esta unidad de valor, entre ellas, las establecidas en la Ley de Transporte Terrestre.
El alza de la UT fue de 377,7% y en esa medida también aumentarán las multas por infracciones cometidas por particulares, de acuerdo a la ley vigente de 2008.
Las multas por infracciones de tránsito varían de 3 a 100 unidades tributarias, dependiendo de la gravedad de la infracción: leves, menos graves, graves y muy graves.
Se debe recordar que los municipios también tienen potestad para calcular las multas por infracciones que incurran en su jurisdicción, yaque suelen tener una UT mayor a la que establece el Seniat. En este sentido, se recomienda estar atento a lo que establecen sus ordenanzas.
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Las sanciones más comunes y sus correspondientes multas que tipifica la ley general son:
Conducir con licencia vencida o no portarla: 3 UT = 129 bolívares.
No tener o tener vencido el RCV (Responsabilidad Civil Vehicular): 5 UT = 215 bolívares.
Circular sin placas identificadoras o que no correspondan al vehículo: 5 UT = 215 bolívares.
No haber realizado el trámite ante el Registro Nacional de Vehículos: 5 UT = 215 bolívares.
Transportar menores de 10 años en el asiento delantero del vehículo: 5 UT = 215 bolívares.
Conducir sin haber obtenido la licencia: 10 UT = 430 bolívares.
Desobedecer señales de tránsito: 10 UT = 430 bolívares.
Conducir sin la revisión técnica o superar los límites de velocidad: 10 UT = 430 bolívares.
Conducir en estado de ebriedad o bajo influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas: 10 UT = 430 bolívares.
Competencias ilegales de velocidad en la vía (piques): 100 UT = 4.300 bolívares.