La Unidad Tributaria en Venezuela: Un ajuste necesario, ¿Suficiente? 4n4715

La reciente publicación en Gaceta Oficial Nro. 43.140 de la Providencia istrativa del SENIAT que eleva la Unidad Tributaria (UT) de Bs. 9,00 a Bs. 43,00, a partir del 2 de junio de 2025, representa un hecho económico de alta relevancia en el panorama fiscal venezolano actual. Este incremento significativo del 377,78%, merece un análisis profundo sobre su impacto real en la dinámica económica y social del país. 2b4f8

La Unidad Tributaria fue ideada como un mecanismo de desmonetización de los montos tributarios, que significa que es ajena al valor nominal de la moneda oficial (el bolívar) y se ajusta periódicamente para reflejar la pérdida de poder adquisitivo debido a la inflación. Este valor permite la actualización periódica sin la necesidad de reformar leyes cada vez que las condiciones económicas, particularmente la inflación, lo exigieran. Su función esencial es indexar tarifas, multas, sanciones y ciertos umbrales impositivos, buscando preservar el valor real de la recaudación y la progresividad del sistema frente a la erosión monetaria que caracteriza la economía venezolana.

Es un hecho que la UT se ha quedado rezagada frente a la galopante inflación venezolana. Esto nos lleva a la pregunta fundamental: ¿este incremento es un paso adelante para recuperar la funcionalidad plena de la UT o simplemente un paliativo que mantiene el rezago estructural?

Implicaciones macroeconómicas y fiscales:

  1. Impacto en la recaudación del Estado: Sin duda, el objetivo primario de este ajuste es incrementar la recaudación fiscal nacional. Al recalcularse multas, tasas y ciertos impuestos sobre una UT de mayor valor nominal, el SENIAT espera captar mayores ingresos. Sin embargo, la elasticidad de esta recaudación dependerá de la actividad económica subyacente y de la capacidad de cumplimiento de los contribuyentes en un entorno de contracción persistente de la demanda agregada. 

Si el aumento de los costos tributarios se traduce en una mayor presión para empresas y particulares, podría generar una disminución de la base imponible o un incremento de la informalidad.

  1. El fenómeno de la progresividad en frío: Aunque un valor más alto de la UT eleva los umbrales de exención y aplicación de tarifas en el Impuesto Sobre la Renta (ISLR) para personas naturales, en economías con alta inflación, si el ajuste de la UT no se alinea con el crecimiento de los ingresos nominales —impulsado por la propia inflación—, se produce la llamada "progresividad en frío" o "rémora fiscal". 

Esto significa que los ciudadanos y las empresas, al ver sus ingresos nominales ajustados por la inflación, pero sin una compensación real en su poder adquisitivo, terminan pagando una mayor proporción de sus ingresos en impuestos, debido a que la escala de gravámenes se vuelve relativamente menos favorable.

  1. Afectación a los costos de transacción: Numerosos trámites istrativos, registros y servicios públicos tienen sus tarifas fijadas en UT. Este reajuste implica un aumento en los costos de transacción para la ciudadanía y el sector empresarial. Si bien esto puede ser visto como una forma de cubrir los costos operativos del Estado, también puede encarecer el a servicios esenciales y dificultar la formalización y operatividad de las empresas, especialmente las pequeñas y medianas.

  2. Desafíos para el cumplimiento tributario: El incremento sustancial de multas y sanciones indexadas a la UT eleva el riesgo asociado al incumplimiento. Si bien esto busca incentivar la disciplina fiscal, también podría generar una mayor tensión entre el Fisco y los contribuyentes, especialmente en un contexto de iliquidez y dificultades económicas generalizadas. La efectividad de estas penalidades radica no solo en su magnitud, sino en la percepción de justicia y equidad del sistema.

Perspectivas socioeconómicas:

Desde una perspectiva social, el impacto es ambivalente. Si bien el aumento de la UT podría moderar el ISLR para algunos segmentos de la población (si sus ingresos nominales no han crecido al mismo ritmo que la UT), el incremento de costos en servicios y trámites afectará directamente el bolsillo del ciudadano común. Además, la persistencia de una UT subvalorada con respecto a la inflación real continúa afectando la capacidad de planeación financiera y la sensación de seguridad jurídica.

En definitiva, la reciente actualización de la Unidad Tributaria es una acción necesaria para intentar cerrar la brecha entre el valor fiscal y la realidad inflacionaria venezolana. Sin embargo, su impacto real y duradero dependerá de la coherencia con otras políticas macroeconómicas. Para que este ajuste contribuya verdaderamente a la estabilidad y al crecimiento, debe enmarcarse en un esfuerzo más amplio por estabilizar la economía, controlar la hiperinflación y fomentar la inversión productiva. 

De lo contrario, este ajuste, como otros anteriores, podría quedar rápidamente diluido por la dinámica inflacionaria, convirtiéndose en un reajuste nominal más en una economía que demanda cambios estructurales profundos.

 


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Andrés Giussepe 264766

Doctor en Gerencia, Especialista en Política y Comercio Petrolero Internacional y Economista de la Universidad Central de Venezuela. Secretario Nacional del Movimiento Profesionales de Venezuela.

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